LA EROSIÓN DE LAS DISCIPLINAS COLECTIVAS
MULTILATERALES:
¿Una resultante de la falta de adaptación del sistema OMC
a las nuevas realidades? |
por Félix Peña
Octubre 2011
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La capacidad de adaptación a nuevas realidades
que inciden sobre sus objetivos, funciones y razones de existencia, es
una de las condiciones para la vigencia, eficacia y legitimidad social
de un régimen internacional institucionalizado, sea éste
de alcance global o regional. Implica la oportuna adecuación de
sus reglas, instrumentos y procesos de producción normativa, a
los continuos cambios que se van produciendo en el contexto en el que
ellas operan y, en especial, en la distribución de poder entre
los países que son parte del respectivo sistema.
Algunas tendencias que se están observando hacia un relajamiento
de las disciplinas colectivas que resultan de las reglas pactadas en la
OMC -y que en su mayoría provienen del período del GATT-
le dan actualidad a la cuestión de la adaptación del sistema
en su conjunto a las nuevas realidades internacionales.
Tales tendencias son, en primer lugar, las de modalidades novedosas
de proteccionismo que surgen por no encontrarse en las reglas del sistema
el sustento para lo que se considera una necesaria defensa de intereses
nacionales y, en segundo lugar, la de la una creciente proliferación
de acuerdos comerciales preferenciales que pueden implicar en la práctica
la erosión del principio de no discriminación que, se sabe,
ha sido siempre considerado como vertebral al sistema multilateral global
del comercio internacional, o que pueden acentuar una peligrosa fragmentación
del sistema de comercio mundial, especialmente por sus contenidos "OMC
plus".
La Octava Conferencia Ministerial a realizarse en diciembre próximo
en Ginebra brindaría una oportunidad para poner de manifiesto la
existencia de voluntad y capacidad de los países miembros para
adaptar la OMC a nuevas realidades mundiales que están emergiendo
en forma cada vez más evidentes. Dado el escepticismo que parece
predominar hoy sobre sus resultados, quizás sería un paso
adelante el que la Conferencia, al menos, permita instalar el inicio de
un proceso gradual orientado a encarar algunas de las cuestiones más
relevantes que podrían producir una erosión sistémica
de alcance impredecible.
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Hechos recientes podrían estar poniendo de manifiesto insuficiencias
sistémicas de la Organización Mundial del Comercio (OMC)
para preservar disciplinas colectivas en cuestiones relevantes de las
políticas comerciales de sus países miembros. Tales insuficiencias
pueden ser peligrosas por sus potenciales efectos políticos, dado
el clima tóxico que está resultando de la crisis económica
y financiera que ha tenido, hasta ahora, su epicentro en el mundo desarrollado.
Son hechos que reflejan tendencias a la erosión de las disciplinas
colectivas que se supone emergen de la aplicación de buena fe de
las reglas de la OMC y, como una resultante, a la fragmentación
del sistema del comercio mundial.
Dichas tendencias se observan en dos planos. El de la "auto-defensa"
frente a lo que se consideran nuevas modalidades de competencia comercial
desleal, especialmente como resultante de políticas cambiarias
que, al menos en la percepción de los que intentan defenderse,
procurarían incidir en el comercio exterior a favor del país
que las aplica. Y el de la proliferación de acuerdos comerciales
preferenciales con alcances "OMC plus", que si bien contemplados
por las reglas vigentes, expresan en parte una insatisfacción con
los avances que se han logrado a través de las negociaciones comerciales
multilaterales, tanto en el plano de las aperturas de mercados como en
el más amplio de la inclusión de cuestiones que se consideran
relevantes, tales como las relacionadas con la propiedad intelectual,
las compras gubernamentales, los servicios y las inversiones directas.
Las tendencias a la fragmentación del sistema del comercio mundial
se basarían en las dificultades de encontrar en la OMC, el sustento
para desarrollar acciones que sean plenamente compatibles con sus reglas
y que se consideran necesarias por parte de países miembros. Operar
en los límites del sistema o incluso fuera de ellos, pasaría
a ser entonces una opción ante una falta de adaptación de
las reglas y de los mecanismos del sistema a las nuevas realidades.
Precisamente, la capacidad de adaptación a nuevas realidades que
inciden sobre sus objetivos, funciones y razones de existencia, es una
de las condiciones para la vigencia, eficacia y legitimidad social de
un régimen internacional institucionalizado, sea éste de
alcance global o regional.
Implica la oportuna adecuación de sus reglas, instrumentos y procesos
de producción normativa, a los continuos cambios que se van produciendo
en el contexto en el que ellas operan y, en especial, en la distribución
de poder entre los países que son parte del respectivo sistema.
Ello es más necesario aún si es que, como está ocurriendo
en la actualidad, tales cambios son estructurales y profundos. Es decir,
que son aquellos que en términos históricos merecen el calificativo
de revolucionarios. Marcan un claro antes y después en la evolución
del sistema internacional. Al hacerlo, pueden tornar obsoletos conceptos,
paradigmas y, sobre todo, instituciones y reglas de juego.
De ahí que el demostrar su capacidad para adaptarse a realidades
internacionales profundamente diferentes a las que le dieron origen, sea
quizás el principal desafío que enfrenta hoy el sistema
multilateral del comercio mundial, institucionalizado primero en el GATT
y luego en la OMC. Es que está cada vez más claro que tanto
el mundo de 1947 como el del 2001 son muy distintos, en muchos aspectos
económicos y políticos, al actual y al que se puede vislumbrar
-con mucha cautela por cierto- hacia el futuro inmediato y, con más
razón aún, al que está empezando a surgir y que quizás
sólo alcance su madurez en un plazo largo.
El estancamiento de las negociaciones comerciales multilaterales en la
Rueda Doha -sin que se pueda tener claro aún si tiene un carácter
coyuntural o definitivo- refleja un problema de fondo que enfrenta la
OMC en la actualidad. Es el hecho que no se pueda lograr, en el ámbito
de sus mecanismos de decisión, articular posiciones compartidas
por todos sus miembros o, al menos, por aquellos que pudieran asegurar
suficiente masa crítica de poder, a fin de que lo que se decida
penetre en la realidad.
La Octava Conferencia Ministerial a realizarse en diciembre próximo
en Ginebra brindaría una oportunidad para poner de manifiesto el
que sí existe voluntad y capacidad para adaptar la OMC a nuevas
realidades mundiales que están emergiendo en forma cada vez más
evidentes (ver
este Newsletter, del mes de agosto 2011).
Dado el escepticismo que parece predominar hoy sobre sus resultados,
quizás sería suficiente el que la próxima Conferencia
al menos permita instalar el inicio de un proceso gradual, orientado a
encarar algunas de las cuestiones más relevantes que podrían
producir una erosión sistémica de alcances y impredecibles.
Cabe recordar que la historia larga demuestra la relación estrecha
que siempre ha existido entre conflictos comerciales y aquellos conflictos
políticos que han conducido finalmente al predominio de la violencia
en las relaciones entre naciones.
Tres son los principales requisitos a reunir para poner de manifiesto
la existencia de algún tipo de capacidad de adaptación de
la OMC a las nuevas realidades.
El primero es la existencia de un diagnóstico compartido entre
los países miembros sobre cuáles son las deficiencias o
insuficiencias más relevantes del sistema de reglas, disciplinas
colectivas y mecanismos de negociación de la OMC. Y sobre cómo
superarlas, aunque sea a través de cambios graduales, esto es,
una especie de metamorfosis sistémica. Encomendar un informe a
un grupo de expertos de alto nivel y de notoria experiencia práctica
en las relaciones comerciales internacionales, podría ser un paso
en la buena dirección. Pero ello a condición que no se repita
la experiencia que se viviera con el informe Sutherland, que a pesar de
la riqueza de su contenido nunca se produjo un seguimiento de sus conclusiones.
Quedaron en los archivos.
Otro requisito es el que se pueda juntar suficiente energía política
en el conjunto de países miembros, como para que se adopten luego
decisiones que efectivamente permitan impulsar el proceso de la necesaria
adaptación sistémica. Es lo que se supone que debería
aportar el G20.
Y el tercero es que se acierte en la eficacia de las reglas e instrumentos
que finalmente plasmen tales decisiones. Para ello es fundamental que
se incorporen efectivamente criterios de flexibilidad, de geometría
variable y de múltiples velocidades. En particular, parece necesario
a la luz de la experiencia de la propia OMC, incorporar mecanismos de
adaptación continua del sistema a los cambios que continuarán
produciéndose quizás por mucho tiempo aún.
Antes de la Ministerial de Ginebra, tendrá lugar en Cannes una
nueva Cumbre del G20. Teóricamente se reúne allí
la masa crítica de poder necesaria para tomar decisiones que reúnan
la triple cualidad de la efectividad, eficacia y legitimidad.
De tal Cumbre cabría esperar entonces señales nítidas
destinadas a fortalecer el protagonismo de la OMC como ámbito para
encarar, al menos, aquellas cuestiones relevantes del comercio mundial
puestas de manifiesto tras la exteriorización en el 2008 del actual
proceso de cambio estructural en la competencia económica global.
Entre otras, está el qué hacer con la Rueda Doha y con las
señales fuertes que se están manifestando hacia el desarrollo
de novedosas modalidades de proteccionismo, que incluso evocan la figura
de "guerras comerciales".
Hay fuertes razones para dudar que tales señales surjan de esta
Cumbre del G20 o que, si surgieran, ellas sean tan poco eficaces como
la voluntad expresada en la primer Cumbre en Washington de concluir con
la Rueda Doha (la cuestión comercial no figura en el comunicado
final de la reunión de Ministros de Finanzas y Presidentes de Bancos
Centrales celebrada en Paris, los días 14 y 15 de octubre: ver
http://online.wsj.com/article/BT-CO-20111015-700968.html;
para una apreciación sobre el G20 ver Alan Beattie en el Financial
Times, 17 de octubre: "G20 ageing aristocracy stands in way of new
ideas").
Como se señaló más arriba, algunas tendencias que
se están observando hacia un relajamiento de las disciplinas colectivas
que resultan de las reglas pactadas en la OMC -y que en su mayoría
provienen del período del GATT- le dan actualidad a la cuestión
de la adaptación del sistema en su conjunto a las nuevas realidades
internacionales.
Ellas son, en primer lugar, las de modalidades novedosas de proteccionismo
que surgen por no encontrarse en las reglas del sistema un sustento legal
sólido para lo que se considera una necesaria defensa de intereses
nacionales (ver al respecto el artículo dirigido por Vera Thorstensen,
así como los diferentes artículos en el último número
de la Revista de la FUNCEX, especialmente el Roberto Giannetti da Fonseca,
en ambos casos mencionados en la Sección Lecturas Recomendadas)
y, en segundo lugar, la de la creciente proliferación de acuerdos
comerciales preferenciales con contenidos "OMC plus" y que,
por ende, pueden implicar en la práctica la erosión del
principio de no discriminación que, se sabe, ha sido siempre considerado
como vertebral al sistema multilateral global del comercio internacional,
o pueden acentuar una peligrosa fragmentación del sistema de comercio
mundial.
Hechos recientes ilustran ambas tendencias. Uno es la aprobación
por el Senado de los Estados Unidos de una legislación destinada,
entre otros objetivos, a habilitar la aplicación de medidas de
defensa comercial para contrarrestar los efectos distorsivos de la competencia
originados en la manipulación de políticas cambiarias (ver
su texto en http://www.govtrack.us/).
Por ser la más que aparente destinataria de tal legislación,
tal aprobación ha producido fuertes reacciones en China (ver entre
muchas otras publicaciones los artículos publicados por Xinhua
News el 13 de octubre 2011, en
http://xinhuanet.com/, y por el People's Daily Online, del 11 de octubre
2011, en http://english.peopledaily.com.cn/).
Si bien existen fuertes dudas que finalmente se transforme en ley, especialmente
con los alcances que contiene el proyecto del Senado, el hecho que esté
siendo impulsada pone de manifiesto el tipo de reacciones que pueden originarse
(ver al respecto el artículo de Businessweek del 12 de octubre
2011, en http://www.businessweek.com/).
El otro hecho es la aprobación por el Congreso de los Estados
Unidos de los acuerdos de libre comercio con Colombia, Corea y Panamás
(ver al respecto la información contenida en la página web
del USTR, especialmente en http://www.ustr.gov/
y, entre otros el artículo publicado por Businessweek el 13 de
octubre, en http://www.businessweek.com/).
Negociados por la administración anterior, su aprobación
parlamentaria había quedado estancada por diferentes razones. Demandará
aún un cierto tiempo su entrada en vigencia. Pero en el marco del
estancamiento de la Rueda Doha, este hecho puede contribuir a acentuar
la conclusión de nuevos acuerdos de libre comercio por parte de
distintos miembros de la OMC. Dos relevantes están siendo negociados
por la Unión Europea, con la India, por un lado y por el otro,
con el Mercosur. En el mejor de los casos, recién se concluirían
el año próximo.
Vinculando ambas tendencias, y en el caso de que no se observe voluntad
y capacidad para adaptar con prontitud las reglas de la OMC a las nuevas
realidades (por ejemplo, tanto en el plano de la relación entre
paridades cambiarias y el comercio exterior, como en el de las disciplinas
colectivas en materia de acuerdos comerciales preferenciales, lo que implicaría
un mayor desarrollo de las reglas ambiguas del artículo XXIV del
GATT, especialmente las de su parágrafo 8), podría contemplarse
la incorporación de la cuestión de las paridades cambiarias
en los mecanismos y reglas de defensa comercial que se incluyan en acuerdos
como el que están negociando la UE y el Mercosur -o eventualmente
en un futuro acuerdo con China-, e incluso en el marco del propio Mercosur.
Podrían, en tal caso, sentarse precedentes a tomar en cuenta en
otros acuerdos preferenciales y que sirvan para orientar el proceso de
adaptación de los propios mecanismos y reglas de la OMC.
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Lecturas recomendadas:
- Allègre, Claude, "Peut-on Encore Sauver l'Europe",
Plon, Paris 2011.
- Badie, Bertrand, "La Diplomatie de Connivence. Les dérives
oligarchiques du système international", Éditions
La Découverte, Paris 2011.
- Devin, Guillaume, "Sociologie des relations internationales",
Collection Repères, Éditions La Découverte, Paris
2007.
- Drezner, Daniel W., "All Politics is Global. Explaining International
Regulatory Regimes", Princeton University Press, Princeton and
Oxford 2008.
- Eichengreen, Barry, "Globalizing Capital. A History of the International
Monetary Systeme", Princeton University Press, Princeton and Oxford
2008.
- Fourest, Caroline, "La Dernière Utopie. Menaces sur l'universalisme",
Biblio Essais, Le Livre de Poche, Grasset, Paris 2009.
- FUNCEX, "Defesa Comercial", Revista Brasileira de Comércio
Exterior, RBCE-FUNCEX, Ano XXV - n° 108, julho/setembro de 2011.
- Hessel, Stéphane, "Indignez vous!, Indigene Éditions,
Paris 2011.
- Hessel, Stéphane, "Toutes comptes faits
ou presque",
Libella Maren Sell, Paris 2012.
- Hessel, Stéphane; Morin, Edgar, Le chemin de l'espérance",
Fayard, Paris 2011.
- Jamet, Jean-Francois, "L'Europe peut-elle se passer d'un gouvernement
économique?", La documentation Française, Paris 2011.
- Jay, Peter; Stewart, Michael, "Apocalypse 2000. Economic Breakdown
and the Suicide of Democracy 1989-2000", Sidgwick & Jackson,
Londo 1987.
- Lehmann, Jean-Pierre, "Why the World Needs a "Post-Atlantic"
Charter", 16 August 2011, en http://www.fungglobalinstitute.org/.
- Lonsdale, Michael, "L'Amour sauvera le monde", Philippe
Rey, Paris 2011.
- Minassian, Gaïdz (dir), "Eurasie au Coeur de la Sécurité
Mondiale", Éditions Autrement-Frontières, Paris 2011.
- Mistral, Jacques (dir.), "Le G20 et la Nouvelle Gouvernance Économique
Mondial", PUF, Descartes & Cie, Paris 2011.
- Pennetta, Piero, "Organizzazioni Internazionali Regionali",
en Enciclopedia del Diritto, Annali IV, Giuffré, Milano 2011.
- Ramel, Frédéric, "Philosophie des relations internationales",
SciencesPo, Les Presses, Paris 2011.
- SELA, "Arquitectura Institucional de la Integración en
América Latina y el Caribe: Nuevos Desafíos y Perspectivas",
Secretaría Permanente del Sistema Económico Latinoamericano
(SELA), SP/CL/XXXVII.O/Di No. 18 -11, Caracas, Septiembre 2011, en http://www.sela.org/.
- Thorstensen, Vera; Marcal, Emerson; Ferraz, Lucas, "Impacts of
Exchange Rates on International Trade Policy Instruments: The Case of
Tariffs", (second draft), September 2011, en http://www.imd.org/.
- Valéry, Paul, "Regards sur le monde actuel", Folio
Essais, Gallimard, Paris 1945.
- Vicién, Carmen; Pena de Ladaga, Susana; Petri, Gerardo, "Modelización
Económica en el Sector Agropecuario", Buenos Aires 2011.
- Wollrad, Dörte; Maihold, Günther; Mols, Manfred (editores),
"La agenda internacional de América Latina: entre nuevas
y viejas alianzas", Nueva Sociedad - SWP - FES, Buenos Aires 2011.
- Zakaria, Fareed, "The Post-American World - Release 2.0",
W.W. Norton & Company, New York -London 2008-2011.
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Félix Peña es Director
del Instituto de Comercio Internacional de la Fundación ICBC; Director
de la Maestría en Relaciones Comerciales Internacionales de la
Universidad Nacional de Tres de Febrero (UNTREF); Miembro del Comité
Ejecutivo del Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales (CARI).
Miembro del Brains Trust del Evian Group. Ampliar
trayectoria.
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