1. Para entender la arquitectura institucional del Mercosur y su funcionamiento,
es conveniente remontarse a su momento fundacional en 1990. Sin perjuicio
de otros, tres factores tienen una fuerte gravitación en el diseño
institucional por el que se optó en aquél momento:
i. la experiencia institucional previa del período del Programa
de Integración y Cooperación Argentina-Brasil (PICAB),
que culminó con el Tratado de Integración firmado por
los dos países en 1988. Era una experiencia valorada por su simplicidad
y eficacia, en un contexto estrictamente bilateral. Ella tuvo una marcada
incidencia en el diseño institucional incorporado luego al Tratado
de Asunción. Pero también incidió en la forma en
que se organizó la propia negociación paralela del Acuerdo
de Complementación Económica entre la Argentina y el Brasil
(ACE 14), firmado en diciembre de 1990 y del propio Tratado de Asunción.
Fue en el Acta de Buenos Aires, en junio de 1990, donde se estableció
el Grupo Mercado Común (GMC) y donde se le encomiendan las negociaciones
de lo que luego sería el Mercosur;
ii. la experiencia del período ALALC-ALADI, que generó
fuerte desconfianza, tanto en el Brasil como en la Argentina, a cualquier
delegación de competencias para negociar y decidir en representantes
diplomáticos lejanos de las capitales (la experiencia del Comité
de Representantes Permanentes de la ALADI, con sede en Montevideo),
asistidos por una Secretaría compuesta por funcionarios independientes
de los gobiernos, y
iii. el interés de los países de mayor dimensión,
que constituían y constituyen el núcleo básico
del proceso de integración -la Argentina y el Brasil-, de preservar
un control completo de la ejecución de los compromisos asumidos
y de la evolución del proceso, sin la intervención de
ningún tipo de instancia técnica independiente.
Para los funcionarios más especializados en procesos de integración
económica que intervinieron en el momento fundacional del Mercosur,
también puede haber incidido el conocimiento existente sobre la
frustrante experiencia institucional del Grupo Andino, que tuviera una
marcada influencia de la institucionalidad europea. Se consideraba que
la andina era una demostración de lo que no había que hacer
en materia institucional, en el sentido de crear órganos comunes
independientes antes de haber logrado generar un grado significativo de
interdependencia económica entre los países socios.
2. Más allá de los factores antes mencionados, lo cierto
es que la arquitectura institucional del Mercosur en el momento fundacional,
aparece como funcional al objetivo real que se perseguía y que
era el de generar un cuadro de interdependencia económica de signo
cooperativo entre cuatro países que, a pesar de muchos años
de esfuerzos formales de integración, tenían aún
un alto grado de marginalidad relativa en sus interacciones económicas.
El comercio recíproco no llegaba al 10% del comercio exterior total
y la región era sumamente marginal para la principal economía
del área. La marginalidad relativa era aún mayor en flujos
financieros y de inversión directa. Habiendo revertido un largo
período histórico en el que las relaciones recíprocas
estaban marcadas, o por la indiferencia o por la lógica de la fragmentación,
de lo que se trataba en 1990 era de iniciar un proceso orientado a crear
un cuadro de mayor interdependencia económica entre los socios.
Ello explica la simplicidad del Tratado de Asunción, básicamente
orientado a lograr la eliminación de las restricciones al comercio,
asumiendo que los cuatro países mantendrían orientaciones
similares en sus fundamentos económicos, lo que se traduciría
en una coordinación macro-económica de facto. La idea era
que tras un período de transición de cuatro años,
se habría entrado a un cuadro de situación diferente, más
signado por demandas de administración de interdependencia, y ello
requeriría no sólo medidas que permitieran completar el
desarrollo del mercado común (ver Decisión CMC3/92), sino
que también ajustar su estructura institucional.
3. Otro factor decisivo que influye en la arquitectura institucional
y en las metodologías aplicadas a las negociaciones y a la formulación
de decisiones, era el hecho que si bien el Mercosur tenía cuatro
socios, se consideraba que para su despegue y consolidación, resultaba
crucial el nivel de diálogo y entendimiento entre los dos socios
principales. Tanto la Argentina como el Brasil reconocían que era
en torno al eje bilateral que debían construirse los consensos
necesarios para orientar un proceso, que se visualizaba como gradual e
incremental, en el que lo esencial era adaptar ritmos e intensidades en
los avances, a realidades políticas y económicas altamente
inestables y dinámicas. El Uruguay y el Paraguay reconocían
esta situación, y sabían que la regla del consenso permitiría
preservar en todo momento sus respectivos intereses nacionales. De hecho
todos reconocían que una institucionalización simple y flexible,
sin innecesarios terceros intermediarios, era la fórmula que permitiría
una metodología eficaz de construcción de los necesarios
consensos para avanzar.
4. La arquitectura institucional que surge del proceso negociador del
Tratado e influenciada por los factores antes mencionados, en su estructura
básica y en su lógica de funcionamiento, se articula en
torno a tres funciones:
i. la de conducción estratégica e impulso político,
ii. la de iniciativa, preparación técnica y ejecución
de lo acordado, y
iii. la de interpretación de la normativa acordada y la de solución
de controversias.
5. La estructura institucional básica del Mercosur y que está
vigente en la actualidad, había quedado perfilada en el Anexo 2
del Acta de Buenos Aires en junio de 1990, luego plasmada en el Tratado
de Asunción (1991) y desarrollada en el Protocolo de Ouro Preto
(1994). Su lógica de funcionamiento comienza a delinearse en el
proceso negociador del Tratado, adquiere su mayor intensidad en el período
de transición (1991-1994), empieza a demostrar insuficiencias,
probablemente por una carga excesiva en la agenda de las negociaciones,
en la etapa de puesta en funcionamiento de la unión aduanera (1995-1997)
y, entra en crisis en el período en el que la recesión y
la declinación del comercio recíproco afectan seriamente
la marcha del Mercosur, con el consiguiente impacto en una serie recurrente
de conflictos comerciales difíciles de administrar (1998-1999).
La crisis reciente torna más evidente problemas de diseño
del Mercosur que se originan, especialmente, en las asimetrías
de dimensión económica relativa y de políticas sectoriales
entre los socios. Asimismo se originan en haber dado por supuesta una
coordinación macro-económica, que la devaluación
del Real en 1999 demostró que no existía. Concretamente
una arquitectura institucional que pudo ser funcional a los requerimientos
de un período fundacional orientado a la creación de interdependencia
económica, deja de serlo cuando se entra de lleno a un período
en el que aumentan sustancialmente los requerimientos de administración
de interdependencia económica.
6. Desde el momento fundacional, la función de dirección
estratégica e impulso político quedó reservada, primero
en la etapa de negociación del Tratado, a una Comisión de
Ejecución de nivel Ministerial (que proviene del período
del PICAB, luego es incorporada al Tratado bilateral de integración
entre la Argentina y el Brasil de 1998, y a la cual le atribuye funciones
en la negociación del Mercado Común, el Acta de Buenos Aires
de junio de 1990) y después, a partir de Asunción (y también
luego de Ouro Preto), quedó reservada a las Cumbres Presidenciales,
al Consejo del Mercosur (CMC) y a las reuniones especializadas de Ministros
de Economía y Presidentes de Banco Centrales (sin perjuicio del
papel impulsor que asumen luego otros Ministros, especialmente los de
Educación, Justicia e Interior).
7. A su vez la función de iniciativa, preparación técnica
y ejecución de lo acordado, fue encomendada ya en el Acta de Buenos
Aires de junio de 1990, a lo que allí se denominaría el
Grupo Mercado Común, integrado por cuatro representantes de los
organismos mencionados por el Acta y luego por el artículo 14 del
Tratado de Asunción.
Esos organismos eran -y son- los Ministerios de Relaciones Exteriores,
los de Economía o sus equivalentes y los Bancos Centrales. Estaba
ya clara la idea de evitar que se percibiera la integración como
un proceso exclusivamente orientado por requerimientos de política
exterior, y por lo tanto, la necesidad de envolver en negociaciones y
decisiones, a los responsables de las políticas económicas,
industriales, financieras y cambiarías. Un antecedente fundamental
para comprender la idea inicial es lo previsto en el Acta de Buenos Aires
en el sentido que el Grupo Mercado Común debía designar
para la tarea que le fuera encomendada ("elaborar y proponer a ambos
gobiernos todas las medidas sucesivas que permitan dar cumplimiento a
los objetivos y plazos adoptados por los Presidentes es decir la conformación
definitiva del mercado común para el 31 de diciembre de 1994"),
personas con dedicación exclusiva.
8. En sus funciones el GMC, desde la negociación misma del Tratado,
es asistido por una serie de Subgrupos de Trabajo (mecanismo que también
proviene del período del PICAB), en los que participan decenas
de funcionarios y asesores, especialmente técnicos, de las reparticiones
directamente vinculadas con las cuestiones en discusión, por ejemplo,
las Aduanas o los institutos relacionados con normas técnicas,
control sanitario y fítosanitario. Es en este nivel donde se observa
en el período 1990-1999, una mayor estabilidad y continuidad de
los funcionarios participantes. A su vez, es en este nivel donde se observa
una mayor presencia de la cooperación técnica internacional,
especialmente la originada en el BID y en la Comisión Europea.
Literalmente, son cientos los funcionarios y expertos nacionales que participaron
en estos diez años en las tareas de los grupos de trabajo, reuniéndose
con una frecuencia trimestral y a veces mayor, y generando decenas de
decisiones y resoluciones que luego serían aprobadas por los órganos
de decisión, y generando además, miles de páginas
de estudios, informes y actas de sus reuniones. En este nivel reside el
núcleo básico del intenso trabajo técnico a que da
lugar la construcción del Mercosur.
9. En los primeros años de funcionamiento del GMC se observó
la necesidad de crear otro órgano, especializado en la formulación
y seguimiento de las cuestiones de política comercial y sus instrumentos.
Este órgano, la Comisión de Comercio (CCM), fue luego formalmente
incorporado a la estructura institucional del Mercosur por el Protocolo
de Ouro Preto. En la práctica y sin perjuicio de la participación
de los Ministerios de Relaciones Exteriores, este órgano ha sido
el ámbito de participación de los funcionarios responsables
del comercio exterior en las respectivas administraciones nacionales.
El Protocolo de Ouro Preto le atribuye competencias en materia de solución
de diferendos comerciales y de hecho, ha cumplido una función crecientemente
activa en la canalización de consultas sobre un elevado número
de cuestiones técnicas vinculadas a las políticas comerciales,
al comercio recíproco y a sus instrumentos. La CCM, uno de los
órganos más eficaces del Mercosur, ha permitido resolver
un elevado número de diferendos comerciales, evitando tener que
recurrir a los mecanismos de solución de controversias previstos
en el Protocolo de Brasilia. Su papel ha sido particularmente útil
en el período 1998-99, cuando como consecuencia de la caída
simultanea de la actividad económica en la Argentina y en el Brasil,
y también en los otros dos socios, se multiplicaron los conflictos
comerciales.
10. Ya en el Tratado de Asunción se incorpora una nueva función,
cuál es la de interpretación de la normativa acordada y
la de solución de las controversias. Esta función es reglamentada
en el Protocolo de Brasilia y luego en el de Ouro Preto, agregándose
competencias en las etapas preliminares de la solución de diferendos
a la Comisión de Comercio. En materia de solución de diferendos
se opta por recurrir al arbitraje "ad-hoc", que es el que aún
rige en la actualidad. Esta función es recién activada en
1998, con la apertura del primer caso de arbitraje. Luego se abrieron
dos casos más, siendo el último y tercer fallo el pronunciado
el 10 de marzo de 2000. Los tres casos envolvieron a la Argentina y el
Brasil. Hasta 1998 había habido una cierta resistencia de los socios
a recurrir al mecanismo de arbitraje, pues se consideraba que los diferendos
podían ser resueltos en instancias políticas o en la propia
CCM. En su origen el Protocolo de Brasilia había sido impulsado
especialmente por la Argentina, que consideraba un mecanismo de esa naturaleza
como crucial teniendo en cuenta la asimetría de dimensión
económica entre los socios. Se tuvo muy en cuenta el precedente
de las relaciones comerciales entre los Estados Unidos y Canadá,
y el papel que había desempeñado en el acuerdo de libre
comercio bilateral entre esos países, el mecanismo de su artículo
18. Incluso se abrió la puerta, por el artículo 25 del Protocolo,
a una participación limitada de los particulares.
11. La lógica del funcionamiento institucional del Mercosur en
la etapa fundacional, delineada en el Acta de Buenos Aires, y plasmada
en el Tratado de Asunción y luego en el Protocolo de Ouro Preto,
supuso:
i. la existencia de un mandato simple, con objetivos definidos y plazos,
cuál era el de la conformación definitiva del Mercado
Común (el origen de este mandato está en el Anexo 1 del
Acta de Buenos Aires de 1990, elemento clave aún en la actualidad,
para entender la idea inicial que condujo al Tratado de Asunción,
si bien en éste quedó diluido el objetivo de que al finalizar
el período de transición, el mercado común ya debería
haber sido completado);
ii. el supuesto de que a dicha meta se arribaría con pasos sucesivos
y graduales preparados por el GMC; con el impulso político de
las Cumbres Presidenciales, el CMC y las reuniones de Ministros de Economía
y Presidentes de Bancos Centrales (siempre se tuvo claro que era imposible
en el momento inicial prever cómo iba a desarrollarse el proceso
de liberación comercial, e incluso luego del Cronograma de Las
Leñas en 1992, se previo por la Decisión CMC 3/92 que
sería necesario un cronograma adicional a fin de cumplir plenamente
con la meta de un mercado común -cronograma por cierto que nunca
se adoptó, siendo ésta quizás una explicación
de muchas de las dificultades posteriores, que generaron la imagen -aún
vigente- de un Mercosur sin rumbo cierto, "a la deriva");
iii. la preservación de la función de dirección
estratégica y de impulso político, en el nivel de los
Presidentes, de los Cancilleres y de los Ministros de Economía;
iv. la delegación de la función de iniciativa, preparación
técnica y ejecución de lo acordado, a funcionarios de
alto nivel con la colaboración de funcionarios técnicos
de distintas reparticiones en el ámbito de los Subgrupos de Trabajo
y Técnicos;
v. el ejercicio de la función de interpretación de las
normas comunes y de la solución de controversias, en un mecanismo
arbitral ad-hoc;
vi. la existencia de una Secretaría Administrativa, de muy bajo
perfil, sin ninguna función técnica, y limitada al registro
de actos jurídicos y a otorgar apoyo logístico para reuniones;
vii. la coordinación de todos los órganos por los Ministerios
de Relaciones Exteriores (mecanismo que también proviene del
período del PICAB) pero, a la vez, la atribución de un
papel central a los Ministerios de Economía y Bancos Centrales,
viii. la regla del consenso para la adopción de todas las decisiones
de los órganos, forma de asegurar el pleno control por parte
de cada uno de los gobiernos y la protección de los intereses
nacionales de los socios de menor dimensión económica,
el Paraguay y el Uruguay.
12. El control total del proceso de impulso, de elaboración y
de ejecución de lo acordado, quedó así en manos de
los gobiernos nacionales quienes se expresaban por consenso y con la presencia
de todos los socios. La secretaría administrativa quedó
de hecho, confinada a una función de apoyo logístico y de
registro de lo acordado, sin ninguna participación en el proceso
de decisión, en ninguna de sus etapas. Lo que se buscó fue
asegurar el control gubernamental de todo el proceso de integración,
sin mediación alguna entre la voluntad nacional y su concreción
en decisiones comunes. El proceso de negociación y de decisión
del Mercosur era en esa etapa inicial y continua siendo, un monopolio
de los gobiernos nacionales en representación de los países
socios. Incluso cuando se crean la Comisión Parlamentaria y el
Foro Consultivo, se les atribuyen funciones meramente consultivas, sin
incidencia real en el proceso de decisión. La participación
real de parlamentarios y del sector privado se supone, en la lógica
institucional dominante, que debía concretarse en las instancias
nacionales de decisión de cada socio, siendo su eficacia y relevancia,
por lo tanto, una cuestión nacional.
13. En la perspectiva antes descripta, el funcionamiento institucional
del Mercosur ha dependido fuertemente de la forma en que los respectivos
gobiernos se han organizado para conducir el proceso de integración
y, dada la importancia económica relativa de los dos socios de
mayor dimensión, en los mecanismos formales e informales de consulta
entre la Argentina y el Brasil. En tal perspectiva, dos factores han tenido
una marcada incidencia en la eficacia del mecanismo institucional y en
su evolución. El primero es el papel que desempeñan los
respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores, y su capacidad efectiva
para articularse con las otras instancias gubernamentales envueltas, en
particular con los Ministerios de Economía y Bancos Centrales.
El segundo es el papel que desempeñan los Ministros de Economía
y el grado de interés relativo que tienen en los asuntos del Mercosur.
En ambos factores, adquiere una importancia particular el grado de dedicación
(exclusiva o parcial) que han tenido los principales funcionarios responsables
del GMC. Cuanto más dispersas fueran sus funciones, más
recargadas sus agendas, menos dedicación real podían atribuir
a las cuestiones del Mercosur, a pesar de la importancia relativa que
le dieran. Una figura que emerge como clave a medida que el funcionamiento
del Mercosur comienza a adquirir mayor complejidad técnica y política,
es la del Coordinador nacional del GMC. Incluso en el Reglamento del GMC
se prevén reuniones mensuales de los coordinadores. En la práctica
ello no ha ocurrido así, y a pesar de un uso intensivo de las conexiones
telefónicas, puede encontrarse en ese hecho una de las explicaciones
del deterioro creciente de las funciones claves del GMC. Otra figura clave
-especialmente en el caso de países como la Argentina donde la
Cancillería no tiene la función que Itamaraty desempeña
en la articulación de la política exterior del país
(por ejemplo a través de sus representantes en los otros Ministerios)-,
es la de la Sección Nacional del GMC, con competencias específicas
atribuidas, por ejemplo en materia de controversias, por los Protocolos
de Brasilia y de Ouro Preto. De hecho, tal figura tampoco ha funcionado
en la forma prevista por quienes diseñaron la institucionalidad
del Mercosur, siendo este hecho también una de las explicaciones
del deterioro creciente del papel imaginado para el GMC.
14. En la evolución del Mercosur, especialmente a partir de Ouro
Preto, se observa a la vez:
i. un incremento sustancial de la interdependencia económica
entre los socios -al menos en términos cuantitativos-, reflejada
en el aumento de la importancia relativa del comercio recíproco
en relación al comercio exterior total, siendo este factor más
importante en el caso de los tres países de menor dimensión
económica relativa, y reflejada asimismo, en el flujo de inversiones
intra-Mercosur y en las estrategias de inversión y comercio de
un número crecientemente significativo de empresas internacionales
y regionales, e incluso de medianas y pequeñas empresas locales;
ii. un deterioro creciente en el funcionamiento de algunos de los órganos
claves de la estructura institucional del Mercosur. Ello es más
evidente en dos casos: la reunión de Ministros de Economía
y Presidentes de Bancos Centrales, que en los últimos años
dejan de reunirse con la periodicidad que tuvieron en el período
de transición, perdiendo gradualmente su función de impulso
de decisiones relevantes del Mercosur, y el Grupo Mercado Común,
que en los últimos años -en contraste con la etapa inicial-
perdió su capacidad para ser el ámbito de construcción
de los consensos necesarios para avanzar. Las reuniones del GMC, especialmente
en el período fuertemente crítico de 1998-99, pasó
a desarrollar sus actividades a través de reuniones plenarias
formales, sin que ellas fueran suficientemente preparadas a través
de mecanismos informales de comunicación y de consulta. Como
ya se señaló, las reuniones mensuales de los Coordinadores
nacionales dejaron de realizarse. También algunas de las Secciones
Nacionales perdieron su eficacia como mecanismos de articulación
de los intereses nacionales, siendo esto claro al menos en el caso argentino.
El funcionamiento de los órganos del Mercosur empezó a
asimilarse cada vez más al de la estructura institucional de
otras organizaciones internacionales, sin contar en cambio, con algunas
de las ventajas de representantes diplomáticos permanentes trabajando
en una sede principal, y menos aún, con las de una tecnocracia
internacional independiente, también permanente;
iii. una agenda de trabajo crecientemente compleja, tanto en el plano
de las negociaciones comerciales externas (ALCA, Comunidad Andina, México,
países asociados, Unión Europea, OMC y otros frentes)
como en 'el de la consolidación y profundización de la
unión aduanera, encarada sin el apoyo de ninguna instancia técnica
independiente y con las discontinuidades originadas en los frecuentes
cambios de funcionarios gubernamentales a cargo de las cuestiones del
Mercosur, y
iv. un complejo de reglas de juego (Tratados, Protocolos, Decisiones,
Resoluciones, Directivas, normas nacionales), con muchas imperfecciones
técnicas, con desparejo grado de internalización en los
respectivos países, e insertas en forma heterogénea en
los respectivos ordenamientos jurídicos internos, lo que ha contribuido
a una falta de transparencia y a una gran disparidad en el ordenamiento
jurídico derivado del Tratado de Asunción.
15. El Mercosur, tras sus diez años de existencia, sufre de insuficiencia
en su dimensión institucional, entendida ésta como la suma
de sus mecanismos de negociación y decisión, de sus reglas
de juego y de su capacidad para gerenciar situaciones críticas.
Esta insuficiencia explica en gran medida, la sensación de pérdida
de rumbo que se ha exteriorizado especialmente en 1999. Junto con los
factores reales que inciden en su funcionamiento económico y político,
en particular las disparidades macroeconómicas y sectoriales, contribuye
a agravar un cuadro de situación preocupante. En gran medida, la
insuficiencia institucional se explica por el funcionamiento deficiente
de los mecanismos establecidos y por su falta de adaptación a requerimientos
crecientes de un proceso de integración cada vez más complejo.
La deficiencia se observa no sólo en el nivel común o multinacional.
Se percibe claramente también en los mecanismos nacionales existentes
para asegurar la participación de algunos de los países
en el Mercosur, y en especial, para asegurar el pleno aprovechamiento
de las oportunidades abiertas por la integración. Esta insuficiencia
se traduce en una baja capacidad para mantener el necesario impulso del
proceso de integración; para preservar una visión de conjunto;
para articular intereses nacionales divergentes en un contexto de fuertes
asimetrías de poder económico relativo; para facilitar la
necesaria coordinación en las negociaciones con terceros países;
para administrar y resolver conflictos comerciales, y para asegurar la
gestación de reglas de
juego efectivas y eficaces.
16. En un proceso de integración voluntaria entre naciones soberanas
con asimetría de poder económico relativo y bajo nivel de
interdependencia, tal insuficiencia institucional afecta la capacidad
para preservar en forma dinámica la necesaria concertación
de intereses nacionales, erosionando a la vez, la percepción de
ganancias mutuas que es la única forma de sustentar el vínculo
asociativo entre los socios y la credibilidad del proceso ante ciudadanos,
inversores y terceros países. En un contexto de caída del
comercio recíproco, una institucionalidad disfuncional puede terminar
alimentando las tendencias naturales al predominio de la lógica
de la fragmentación por sobre la necesaria lógica de integración.
Las recurrentes crisis no se transforman en oportunidades para saltos
hacia delante en los compromisos de integración, como ocurriera
en la integración europea, sino en situaciones de "suma cero"
en la percepción de algunos de los socios.
17. Es a partir del diagnóstico precedente que debe abordarse
la cuestión del fortalecimiento institucional del Mercosur, que
no puede disociarse del necesario proceso de redefinición de objetivos
económicos y políticos, de reglas de juego y de metodologías
de trabajo entre los socios. Es una cuestión que puede verse facilitada
y a la vez, tornarse ineludible, en la perspectiva de la entrada de nuevos
socios, lo que haría definitivamente obsoleta una lógica
institucional construida bajo el supuesto de un Mercosur centrado en la
alianza estratégica de dos socios mayoritarios. La cuestión
institucional no agota la agenda de reformas que se requieren en el Mercosur,
para volver a dotarlo de la necesaria eficacia, legitimidad y credibilidad.
Pero la experiencia pasada, así como la de otros procesos voluntarios
de integración económica entre naciones soberanas, indica
que de no resolverse en forma oportuna puede afectar el logro de los objetivos
comunes propuestos.
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