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  Félix Peña

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  Diario La Nación | 16 de julio de 1996

Hacia una red de libre comercio


El acuerdo entre el Mercosur y Chile es un paso hacia el desarrollo de una red sudamericana de libre comercio. Los próximos son la formalización de la zona de libre comercio ya acordada con Bolivia y el probable acuerdo con Venezuela. Un objetivo es ofrecer a quienes intervienen en nuestros países el acceso fluido -dentro de un plazo razonable de diez años-a un mercado de casi trescientos millones de consumidores. Este objetivo es funcional a la idea de un área hemisférica de libre comercio. Cuando en el 2005 ella se concrete, la red de acuerdos enhebrados en torno del Mercosur y probablemente del Nafta constituirán los ejes vertebrales de cualquier negociación.

El acuerdo con Chile es un precedente que condicionará pasos ulteriores. Cada paso implicará la extensión a otros países del derecho irrevocable que han adquirido ciudadanos y operadores económicos de la Argentina a importar de los socios del Mercosur sin pagar impuestos de importación, y sin cuotas u otras restricciones no arancelarias. Es un derecho protegido por la Constitución nacional y por la jurisprudencia de la Corte de Justicia.

Tiene como contrapartida el derecho a exportar en iguales condiciones a los países socios, la obligación de vincular para siempre los impuestos aduaneros al arancel externo común del Mercosur y el respeto a una disciplina común en la política comercial externa. Es a causa de la consolidación permanente recíproca de derechos y obligaciones esenciales al ejercicio de la soberanía que se requirió la ratificación parlamentaria.

De ahí la importancia de que el acuerdo con Chile y los similares que se concluyan tengan, a la vez, legitimidad interna, legitimidad internacional y solidez jurídica.

La cuestión de la legitimidad interna hace a la participación de la opinión pública, a través de sus representantes en el Congreso y a la participación de los sectores de la producción. No se trata de un acuerdo preferencial más en el marco de la antigua Aladi. Condiciona permanentemente la política comercial externa y la evolución del Mercosur. Por ello es explicable la preocupación de importantes sectores empresarios sobre la transparencia de estas negociaciones comerciales. En el caso del acuerdo reciente, es obvia además su importancia en las relaciones políticas entre la Argentina y Chile. Es uno de los motivos principales por los cuales debe ser bienvenido.

La cuestión de la legitimidad internacional hace a la presentación del acuerdo con Chile en la Organización Mundial de Comercio (OMC). No parece conveniente al interés del Mercosur, que este acuerdo sea excluido de su vigilancia con el argumento que fue celebrado en el marco de la Aladi. Podría hacerse ello invocando la "cláusula de habilitación" negociada en la Rueda Tokio. Pero ya en el caso Mercosur se aceptó la noción de que una vez formalizada la unión aduanera sería presentada en la OMC en el marco del artículo XXIV. Nada había que ocultar. Como "global traders", tanto la Argentina como el Brasil tienen interés en fortalecer la OMC en el disciplinamiento de acuerdos regionales, incluyendo los de libre comercio de la Unión Europea y los que podrán concertar en el futuro por el Nafta y en el ámbito de la Foro de Cooperación Económica del Asia Pacífico (APEC).

La cuestión de la solidez jurídica hace a la necesidad de preservar derechos y obligaciones asumidos en el acuerdo con Chile de un planteo jurisdiccional de constitucionalidad. Resulta difícil encontrar en el Tratado de la Aladi un fundamento jurídico sólido para argumentar que acuerdos que consolidan permanentemente derechos arancelarios puedan escapar a la aprobación parlamentaria. Sus normas se refieren a la compatibilidad en su marco jurídico de los acuerdos de alcance parcial, a fin de no extender a los demás socios sus respectivas preferencias. Incluso la práctica de años fue alterada en el caso del Tratado de Asunción y es anterior a la reforma constitucional de 1994 en la Argentina, por la cual se otorga a los tratados jerarquía superior a las leyes y se prevén procedimientos especiales para la aprobación y denuncia de los acuerdos de integración.

La historia latinoamericana de los últimos treinta años está plagada de acuerdos de integración que sus contemporáneos celebraron como históricos. Las más de las veces no penetraron en la realidad y se tornaron rápidamente irrelevantes. De ahí el escepticismo internacional sobre estos acuerdos de integración en nuestra región. Legitimidad interna e internacional y solidez jurídica son tres rasgos que caracterizan al Mercosur y que sustentan su credibilidad externa y ante los inversores. Son las condiciones de su eficacia económica y política. Nadie puede definirlo como un "dibujo de humo". El acuerdo con Chile merece la misma suerte.


Félix Peña es Director del Instituto de Comercio Internacional de la Fundación ICBC; Director de la Maestría en Relaciones Comerciales Internacionales de la Universidad Nacional de Tres de Febrero (UNTREF); Miembro del Comité Ejecutivo del Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales (CARI). Miembro del Brains Trust del Evian Group. Ampliar trayectoria.

http://www.felixpena.com.ar | info@felixpena.com.ar


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