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  Félix Peña

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 Diario La Nación | 5 de septiembre de 1995

Un partido de fútbol con arbitro diligente


El dumping, la utilización de subsidios gubernamentales no autorizados, la piratería de marcas y de tecnología son formas de competencia desleal. La vara para medir un comportamiento comercial desleal se encuentra en las reglas del GATT.

¿Quien compite deslealmente en el comercio internacional merece ser protegido? La respuesta a. tal pregunta parece ser obvia y simple: no. Sin embargo, un sistema defectuoso de defensa comercial o de propiedad intelectual puede producir el efecto paradójico de brindar protección a quien compite violando las reglas contractuales sobre el comercio mundial.

Un sistema defectuoso puede resultar de insuficiencia normativa, pero sobre todo administrativa. Algo así como jugar al fútbol sin reglamento, o con reglamento pero sin arbitro o con arbitro sin voluntad.

Francois Perigot, presidente de la Unice, entidad que agrupa a los empresarios europeos, en su estimulante intervención en la Conferencia Industrial de la UIA en Mar del Plata, situó bien la cuestión cuando mencionó que para los industriales el problema no es la competencia económica, pero sí la competencia desleal. La economista Vera Thorstensen ayudó a precisarla cuando sostuvo que las nuevas reglas de la OMC en materia de dumping y subsidios brindan los parámetros legales válidos para distinguir lo que está permitido o no, en materia de competencia comercial Su propuesta fue clara: los países del Mercosur deben aplicar con eficiencia las reglas de la OMC. No se trata entonces de entrar en un debate teórico o ideológico sobre lo que es comercio desleal. Se trata de aplicar la ley internacionalmente aceptada. O sea, jugar al fútbol, con reglamento y arbitro diligente.

Cuestión clave
La cuestión tiene importancia, al menos por dos razones. La primera es que existe a veces el temor fundado de que las políticas e instrumentos de defensa comercial sean un requisito para la tentación a proteger obsolescencias productivas. Es decir, que sirvan para proteger al ineficiente, y no necesariamente al competidor eficiente del deseal. Ello puedo ocurrir si la ley es deficiente o su administración ineficiente. O si la tendencia al retorno del viejo proteccionismo tuviera fuerte sustento social. No parece ser el caso hoy de la Argentina. Pero la sustentación social de la eficiencia podría lamentablemente erosionarse, si es que se percibe que a causa de los desleales, el libre comercio arrasa con competidores eficientes: Una buena política de defensa comercial, eficientemente aplicada, contribuiría por el contrario a legitimar en la opinión pública la apertura comercial y la competencia económica. Por ello en Mar del Plata los industriales recibieron con entusiasmo los compromisos que en la materiaasumieron tanto Carlos Magariños como Alejandro Mayoral.

La segunda razón es que en el Mercosur ya funciona la unión aduanera, con un arancel externo común para ía mayoría de los productos que se pueden comerciar con terceros países. Una política comercial común es su consecuencia lógica. De lo contrario, disparidades de políticas e instrumentos aplicados al comercio exterior podrían tener el efecto negativo de perforar el arancel extemo común en beneficio de alguno de los socios. Por eso son necesarios también una política e instrumentos comunes en materia de defensa comercial. No bastaría con que cada marco legal y administrativo nacional siga los lineamientos comunes de la OMC. En materia de dumping como de subsidios, la forma en que las instancias administrativas aplican las normas puede determinar la distancia entre una política suave o dura en la materia. Si sólo uno de los países miembros del Mercosur fuera más suave que los otros, a la larga ello se traduciría en desviación de comercio con efectos similares a los de cualquier perforación unilateral del arancel externo común.

El presidente de Uruguay, Julio Sanguinetti, en una entrevista a LA NACIÓN (domingo 27 de agosto último, página 2) ha planteado la cuestión del déficit institucional del Mercosur. Es decir, de la insuficiente relación entre la actual estructura institucional y los objetivos perseguidos. Tal déficit puede afectar la credibilidad de los inversores en el Mercosur y por tanto su eficacia como instrumento de transformación productiva. Es precisamente en el campo de la defensa comercial donde podría darse un primer paso hacia la creación gradual de servicios técnicos comunes, así como también de mecanismos comunes para el control del cumplimiento de lo pactado. Ello beneficiaría al inversor y al competidor eficiente, que es un bien público que sí merece protección.


Félix Peña es Director del Instituto de Comercio Internacional de la Fundación ICBC; Director de la Maestría en Relaciones Comerciales Internacionales de la Universidad Nacional de Tres de Febrero (UNTREF); Miembro del Comité Ejecutivo del Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales (CARI). Miembro del Brains Trust del Evian Group. Ampliar trayectoria.

http://www.felixpena.com.ar | info@felixpena.com.ar


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