A - Concepto de sanción.
La sanción es un fenómeno social que se observa en el funcionamiento de todo grupo humano. Es la reacción del grupo social ante el hecho de la violación de las reglas que encuadran su funcionamiento. La sanción supone en consecuencia, la existencia de un grupo social con un cierto grado de organización, cuyos miembros puedan percibir el hecho de la violación de una de las reglas que organizan el grupo, y sean conscientes que una acción social es necesaria para reparar la perturbación ocasionada al orden social por dicha violación [1].
Nuestro estudio se limitará a la sanción de la violación de un tipo especial de reglas sociales: las reglas jurídicas.
Las reglas jurídicas son un producto de la vida en sociedad del hombre, que orean el cuadro dentro del cual la vida social se desarrolla y permiten la realización de determinados valores morales que son de la esencia de la naturaleza humana. La fuerza obligatoria del Derecho surgirá de su doble adaptación a las exigencias sociológicas sobre las que se construye (subsuelo sociológico), y a los valores presupuestos que la norma tiende a realizar (fundamentación normativa) [2]. El cumplimiento de estas normas jurídicas por un individuo que forma parte del grupo puedo ser voluntario, o impuesto por la presión del mismo grupo. En efecto, si bien en principio puede suponerse que todo individuo actúa inspirado por ideales superiores que le facilitan el cumplimiento voluntario de las normas Jurídicas, -que tienden precisamente a la realización de esos ideales superiores-, es posible comprobar que en la realidad, y debido a la imperfección de la naturaleza humana, es también el interés propio el que suele determinar el comportamiento del individuo. En este último caso, y cuando el interés del individuo no coincide con el comportamiento prescrito por la norma, solamente el temor a la reacción que una conducta contraria comportaría, le impulsa a evitar su violación [3]. Es por ello que al crear las reglas jurídicas, es preciso que el grupo social se provea también de los medios necesarios para reforzar su cumplimiento, aún por la fuerza si fuera necesario. Surge aquí la idea de Sanción. En efecto, la sanción será el medio por el cual se produce la reacción del cuerpo social ante la violación de una regla del Derecho por uno de sus miembros, A los objetos de nuestro análisis, utilizaremos la definición que de la sanción jurídica presenta Cavaré; es decir, que consideraremos que ella es "un procedimiento social destinado a asegurar la aplicación de una regla de derecho por medio de la represión de sus violadores" [4]. Esta definición ofrece la ventaja de ser aplicable al ordenamiento jurídico de cualquier tipo de organización social, cualquiera sea su grado de perfeccionamiento.
Así concebida, podemos decir que el fin último de la Sanción será el de la vigencia del Derecho, ¿Cuál es el medio por el cual la sanción se realiza? Fundamentalmente la represión, por la cual "se trata de hacer desaparecer, en la medida de lo posible, la perturbación al orden jurídico y social causado por la violación de la regla; de infligir una pena a aquel que ha desconocido los principios dominantes en la Sociedad de la cual forma parte; o de obligar a una reparación a quien ha causado un daño; o buscar suprimir las consecuencias de un acto jurídico o de atenuar y de tornar insensibles sus efectos" [5].
Pero la sanción permite también asegurar la preservación del orden jurídico y social, por sus efectos preventivos. El individuo evita la violación a la norma pues sabe que el mal que se le infligirá será superior al beneficio obtenido por su comportamiento. Este efecto psicológico, que podemos denominar efecto disuasivo de la Sanción, no puede ser subestimado, sino que al contrario puede considerarse como el medio más perfeccionado por el cual se refuerza el respeto a la norma.