La pérdida de credibilidad es un problema que afecta a acuerdos
comerciales preferenciales en los que participa la Argentina en América
latina. Siguen vigentes y son aplicados a una parte significativa del
comercio con los países socios. Pero no se han arraigado como fuentes
de reglas previsibles que induzcan inversiones productivas en función
de los mercados ampliados. Sus efectos en el desarrollo económico
son entonces limitados.
Dos factores contribuyen a ello. Uno es la práctica de la "diplomacia
de las apariencias". Esto es, la celebración frecuente de
reuniones -incluso presidenciales- de las que salen declaraciones y compromisos
que luego no penetran en la realidad. Es una especie de diplomacia de
"efectos especiales" o "mediática", en la que
parece predominar la necesidad de producir noticias para los titulares
del día siguiente. Muchas veces están contenidos en largos
textos que no sólo tienen poca difusión y son difíciles
de obtener en las páginas web oficiales, sino que suelen quedar
rápidamente en el olvido.
El otro es el predominio del modelo de precariedad de las reglas de juego.
Esto es, el hecho que las reglas puedan ser cambiadas o dejadas de lado
con facilidad, en especial cuando las frecuentes emergencias económicas
así lo justificarían. Tal modelo beneficia especialmente
la localización de inversiones en el mercado de mayor dimensión
relativa, en nuestro caso Brasil. Es que frente a la precariedad, el inversor
-especialmente el industrial multinacional- se asegura, al menos, el acceso
a los consumidores del país en el que se localiza. Una de las fuentes
de dicha práctica es, en el caso argentino, la figura de la "protocolización"
en la Aladi de acuerdos internacionales que se celebran en su ámbito
o de sus modificaciones.
Es una práctica que afecta la transparencia de las reglas y es
de dudosa constitucionalidad, tras la modificación constitucional
de 1994 que establece que los tratados -cualquiera que fuere su denominación-
deben ser aprobados por el Congreso.
Caben estas reflexiones a la hora de apreciar deficiencias que, especialmente,
compromisos asumidos en el Mercosur tienen en la perspectiva de quienes
efectúan inversiones productivas en el país. Deben ser tenidas
en cuenta, en particular, a la hora de definir el alcance jurídico
del acuerdo que formalice lo que se negocie en el sector automotor.
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